Un plan para incentivar la jubilación

27/07/2011

Un plan para incentivar la jubilación

El Consejo de Gobierno de la ULPGC aprobó el Plan de Incentivación de la Jubilación Voluntaria del Profesorado de los Cuerpos Docentes Universitarios. A partir del 2012 podrán acogerse a este plan 25 docentes por año.

 

docentes.jpgEl Plan de Incentivación a la Jubilación Voluntaria es un derecho que reconoce la Ley Orgánica de Universidades (LOU) a todos los docentes universitarios, así como el borrador actual del Estatuto del Personal Docente e Investigador. Por este motivo, el Rector de la ULPGC se comprometió a abordar una negociación con los representante sindicales de los docentes, “que permitiera desarrollar un plan de jubilación voluntaria lo más justo posible”, señala el Vicerrector de Profesorado, Gustavo Montero.

 

Fruto de estas reuniones con los sindicatos y docentes, el Vicerrectorado de Profesorado de la ULPGC presentó en el último Consejo de Gobierno de la institución su Plan de Incentivación de la Jubilación Voluntaria del Profesorado de los Cuerpos Docentes Universitarios. Se trata de un plan que permitirá la jubilación anticipada del personal docente e investigador funcionario de la ULPGC que se encuentre entre los 60 y 70 años, edad máxima para la jubilación obligatoria.

 

Y tal y como se ha concebido, el Plan de Jubilación Voluntaria de la ULPGC plantea importantes beneficios, tanto para los docentes, como para el funcionamiento de la propia Universidad. En lo que se refiere a los beneficios al docente, los colectivos sindicales reconocen que este Plan es uno de los más justos, si se compara con el de otras universidades. Su principal ventaja es que el docente puede elegir entre dos modalidades de jubilación anticipada. La primera de ellas se considera una indemnización temporal variable. Esto es, un pago mensual periódico unido a la pensión del Estado que le corresponda al docente. Este pago se realizará desde el momento en que la ULPGC acepte la jubilación voluntaria del profesor, y hasta que éste cumpla los 70 años. “En este sentido, hemos considerado que lo más adecuado era manejar distintas cantidades de pago, en función de la edad a la que se jubila el profesor”, comenta el Vicerrector Gustavo Montero.

 

De este modo, si el docente se jubila entre los 60 y 62 años, la ULPGC le pagará una indemnización mensual que cubra, junto a la pensión que le corresponda percibir por el Estado, el 92% de su sueldo (sueldo básico más lo que le corresponda por sus trienios, sexenios o quinquenios). El docente que se jubile entre los 63 y 66 años recibirá una indemnización que sume el 95% de su sueldo; y el que lo haga entre los 67 y 69 años, el 100%.

 

La segunda modalidad de prejubilación se considera ‘Premio de Jubilación’ y consiste en un pago único que se calcula en función de la edad de jubilación voluntaria del docente y de los años que le restan para su jubilación obligatoria a los 70 años. “Se le ofrece un sueldo de un año y cuarto en pago único al final del último mes trabajado”, explica el Vicerrector.

 

Ventaja para la Universidad

docentes1.jpgPero si este Plan de Incentivación Voluntaria a la Jubilación es un derecho de los docentes, también es una oportunidad para la Universidad grancanaria. En este sentido, el equipo rectoral considera que este plan cuenta con una doble ventaja para la institución. “En primer lugar, nos permitirá renovar nuestra plantilla de docentes de forma gradual, ya que, en la actualidad, la media de edad de nuestros profesores es de 50 años y esto supone que dentro de 17 años comenzaremos a encontrarnos con un problema de jubilaciones masivas, aproximadamente 60 profesores por año”, señala Gustavo Montero.

 

El segundo aspecto beneficioso de este Plan es la posibilidad de que las plazas que queden vacantes, como consecuencia de las jubilaciones y prejubilaciones de profesores, puedan pasar a formar parte de la Bolsa de la Universidad, lo que permitirá a la ULPGC reubicar sus plazas docentes, eliminando las que ya no hagan falta como consecuencia de una disminución de carga docente en un área o departamento, y así establecer nuevas plazas en otros departamentos que lo necesiten, o tener la posibilidad de promocionar en sus puestos a la actual plantilla docente.

Requisitos para la prejubilación

A partir de enero de 2012, los profesores funcionarios que lo deseen pueden solicitar al Vicerrectorado de Profesorado acogerse al Plan de Incentivación de Jubilación Voluntaria, que se haría efectivo en el mes de septiembre de 2012. Los requisitos necesarios para optar a esta prejubilación son que el profesor sea funcionario, que cuente con más de 60 años de edad y que disponga de los años de cotización mínimos que exige la Ley.

 

Además, la ULPGC exige que el docente acredite un mínimo de 15 años de servicio a la Universidad grancanaria o a la antigua Universidad Politécnica o a los antiguos centros de Gran Canaria dependientes de la entonces Universidad de La Laguna. “Le daremos prioridad a los docentes de mayor edad que soliciten esta prejubilación, y a los que pertenezcan a áreas de conocimiento con menor carga docente, así como a los que acrediten un mayor número de años trabajados en la ULPGC”, señala el Vicerrector.

 

Así, cada año, la ULPGC tiene previsto un cupo máximo de 25 personas para acogerse al plan de prejubilación. “Inicialmente, a la modalidad denominada ‘Premio de Jubilación’ sólo podrán acogerse cinco profesores por año, durante los tres primeros años de este Plan. Para el Vicerrector de Profesorado, este Plan se hace necesario, puesto que un estudio de la plantilla docente de la ULPGC ha puesto de manifiesto que en los próximos 10 años, algo más de 500 profesores funcionarios están en edad de jubilarse voluntariamente.